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El suceso ocurrió en el Albaicín el 9 de diciembre de 2023. Una plaza del histórico barrio de Granada había sido tomada por un gentío ... para consumir alcohol a destajo. Era las nueve del noche y el botellón estaba funcionado a pleno rendimiento. Los vecinos alertaron de lo que estaba ocurriendo y una patrulla de la Policía Local se acercó hasta el lugar de los hechos para poner orden e intentar disolver la concentración de bebedores callejeros. Los agentes fueron recibidos con una lluvia de botellas. Varios jóvenes lanzaron envases de vidrio contra el coche de la guardia municipal.
Uno de los proyectiles impactó «en el cristal de la puerta del copiloto» del vehículo oficial. Uno de los policías corrió detrás del atacante, «que hacía caso omiso de las indicaciones de alto (...),mientras se reía a carcajadas».
La persecución terminó instantes después. El sospechoso fue atrapado, pero se revolvió he hirió al agente que le había dado caza. Le propinó un «golpe con el puño cerrado en el dedo pulgar de su mano derecha, volviendo a golpear al agente en el mismo sitio cuando era conducido hasta el vehículo policial».
El agresor resultó ser un menor de edad y la víctima sufrió una lesión que, a pesar de haber pasado por el quirófano, le ha dejado secuelas.
El chaval fue acusado de la presunta comisión de un delito de atentado contra la autoridad, otro de lesiones y un tercero de daños. El juzgado que vio el caso le ha condenado ahora por los dos primeros cargos y le ha absuelto del tercero. La sentencia ha sido recurrida por el encausado ante la Audiencia de Granada, así que todavía no es firme, según informó el letrado Domingo Manuel Domingo Carrillo, que ejerce la acusación particular en representación del agente.
Hasta tanto no llegue el pronunciamiento del tribunal provincial, lo que hay es que el joven y sus padres deben pagar una indemnización de 12.300 euros al perjudicado.
La resolución también contempla que el procesado cumpla una medida voluntaria de 70 horas de prestación beneficio de la comunidad que debería dedicar a tareas de limpieza. Si no acepta, la alternativa serían doce meses de tareas socio-educativas que incluirían aprender a controlar los impulsos, apoyo formativo y «un trabajo escrito manualmente, con una extensión mínima de díez páginas, sobre el respeto a los bienes públicos y al principio de autoridad», detalla el fallo.
Durante la vista oral, el acusado negó haber intervenido en la algarada que se produjo tras el botellón y también que fuera el autor de la agresión al policía municipal, pero la sentencia indica que hay pruebas de cargo para condenarlo. «La versión del menor negando que hubiera participado en los hechos, sólo puede valorarse desde su legítimo derecho a no declararse culpable y reconocer la infracción que se le imputa, además de incurrir en contradicciones en sus declaraciones de haber sufrido lesiones y desperfectos en su sudadera y chaqueta debido a que el perjudicado lo detuvo cogiéndolo por detrás (...) Se considera responsable al menor y ello a la vista de las distintas pruebas que han sido objeto de valoración en el acto de la audiencia, testificales, pericial y documental, y singularmente el testimonio del testigo-perjudicado (el policía), que relató los hechos de manera verosímil», recalca el juzgado.
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